Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2020-S1
Fecha: 04-Ago-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que la Jueza demandada, vulneró sus derechos a la libertad personal y física; a la salud; debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación; protección reforzada en su condición de persona adulta mayor; y, principio favoris debilis; toda vez que, rechazó la cesación a su detención preventiva, solicitada con base a lo dispuesto en el art. 239.4 del CPP, con una motivación insuficiente, alegando insuficiencia probatoria de los informes médicos aportados para acreditar su alegada enfermedad terminal; así como inobservó la jurisprudencia constitucional vinculante relacionado con la naturaleza excepcional de la detención preventiva de una persona adulta mayor.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- ii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.3.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- fundamentación suficiente
- III.2.
- Personas Adultas Mayores
- Los Estados Parte desarrollarán enfoques específicos en sus políticas
- derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley
- 5.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)