SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
III.4. Análisis del caso concreto
De la revisión del expediente y de las conclusiones expuestas, se evidencia que dentro del proceso ordinario de usucapión decenal, seguido por Noé David Arias Peredo y Lourdes Soraya Martínez Figueroa contra María Natividad Aban de la Vega y presuntos herederos; litigió que concluyó con la Sentencia de 17 de diciembre de 2015 que la declaró probada en parte. Fallo que fue confirmado por Auto de Vista 06/2018; Resolución de segunda instancia que fue objeto de recurso de casación por ambas partes, el cual fue resuelto por Auto Supremo 86/2019, que casó el Auto de Vista cuestionado, y deliberando en el fondo declaró improbada la demanda impetrada por Noé David Arias Peredo y Lourdes Soraya Martínez Figueroa; igualmente, declaró infundado el recurso de casación opuesto por los demandantes contra la mencionada Resolución de alzada.
Ante ello, los ahora accionantes considerando que fueron lesionados sus derechos constitucionales, interpusieron la presente acción de defensa impugnando el Auto Supremo 86/2019, con la argumentación que el mismo no se halla debidamente fundamentado y motivado, realizando una defectuosa valoración de la prueba que cursa en obrados, solicitando se deje sin efecto el referido Auto Supremo y se ordene la emisión de uno nuevo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.
- i)
- Fragmento 21
- III.3. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales por incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, cuando más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo, lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- solo referente a la superficie
- cuatro hornos de cerámica y un puente de regulación
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)