Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2020-S1
Fecha: 11-Ago-2020
II.11.
II.11. En ese sentido Dana Vanessa Vela Cruz, en representación de Willy Ronal López Mamani, Alcalde suplente del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, mediante memorial de 29 de julio de 2019 dirigido al Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba, solicita declinatoria de competencia (fs. 45 y 49).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.2.5. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la conminatoria de reincorporación librada por las Jefaturas Departamentales de Trabajo son obligatorias para los empleadores tanto del sector público como privado y ante su eventual incumplimiento se abre la posibilidad de acudir a la vía constitucional;
- III.2. Sobre el pago de salarios devengados dispuesto en la conminatoria de reincorporación
- cuando se disponga el cumplimiento de una conminatoria, por parte de la jurisdicción constitucional, la misma debe ser entendida en el sentido que debe cumplirse la totalidad y no en una parte u otra, en observancia del parágrafo IV del art. 10 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, incorporado por el DS 0495,
- III.3. La protección reforzada de la inamovilidad laboral de padres progenitores
- [5]
- III.4. Marco normativo y reglamentario para la protección del derecho a la estabilidad laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- carácter extraordinario y provisional
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- no puede ser afectada en su nivel salarial ni su condición en su puesto de trabajo
- no es necesario
- comunicación