SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

Ordenar o inducir a la ejecución de actos que constituyan faltas, para beneficio personal y de terceros

En la audiencia de procesamiento interpuso la excepción de cosa juzgada, respecto a la falta contenida en el art. 12.34 de la LRDPB, siendo declarada procedente mediante Auto Motivado 01/2018 de 28 de marzo, del indicado Tribunal Disciplinario Departamental, que luego, fue revocada por el señalado Tribunal Disciplinario Superior -por Auto Motivado 007/2018 de 7 de agosto-; a lo que, a través de la Resolución Administrativa (RA) 022/2018 de 1 de octubre, el Tribunal Disciplinario Departamental de Pando de la Policía Boliviana, le absolvió por dicha falta y sancionó a seis meses de suspensión con pérdida de antigüedad por la prevista en el art. 12.12 “…Ordenar o inducir a la ejecución de actos que constituyan faltas, para beneficio personal y de terceros…” (sic) de la citada Ley, contravención que no tiene relación con los hechos investigados ni se adecua a su conducta; contra dicho fallo, interpuso recurso de apelación, pero la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana 076/2019 de 18 de julio, no atendió los fundamentos de su impugnación; pues, no se estableció qué orden o ejecución de acto que constituyan faltas graves en beneficio personal, dio; menos la falta que dispuso cometer; tampoco, se manifestó sobre su agravio de valoración parcializada de la prueba.