Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2020-S4
Fecha: 19-Ago-2020
II.2.
II.2. Mediante Auto 407/18 de 3 de octubre de 2018, la jueza codemandada declaró probada la excepción de prescripción interpuesta por Mamerto Darío Gutiérrez Vaca y Horacio Carlos D´arruda Urrutibehety, al haber transcurrido el plazo previsto por el art. 29.1 y 2 del CPP, y al no haber existido ninguna de las causales de interrupción o suspensión del plazo, dispuso el archivo de obrado (fs. 39 a 41 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- En cuanto a la motivación
- principio de congruencia
- En armonía con los criterios previamente glosados, la Corte Constitucional de Colombia
- congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR