Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2020-S4
Fecha: 19-Ago-2020
II.3.
II.3. A través de Auto 408/18 de 3 de octubre de 2018, la Jueza ahora codemandada declaró parcialmente probada la excepción de cosa juzgada planteada por Mamerto Darío Gutiérrez Vaca y Horacio Carlos D´arruda Urrutibehety, únicamente en lo relacionado al incumplimiento de contrato e improbada en cuanto a los delitos ambientales por no existir compatibilidad a la litis de la materia arbitral y la acción penal (fs. 42 a 44).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- En cuanto a la motivación
- principio de congruencia
- En armonía con los criterios previamente glosados, la Corte Constitucional de Colombia
- congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR