Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2020-S3
Fecha: 03-Ago-2020
Fragmento 15
En ese sentido, en el caso concreto, desde la emisión del Auto 37/18 SSA-I -de 16 de febrero de 2018- que declaró la ejecutoria del Auto de Vista 194/2017-SSA-I sobre todo el decreto de “CÚMPLASE” que fue notificado al ahora accionante el 19 de abril de 2018 hasta el 23 de abril de 2019, fecha en la cual se presentó esta acción de amparo constitucional, transcurrió más de un año y dos meses, excediendo por demás el plazo de seis meses previstos para el cumplimiento del principio de inmediatez, siendo evidente que la presente acción tutelar fue interpuesta fuera de plazo, extemporaneidad que imposibilita analizar el fondo de la problemática planteada.
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El
- dentro de los seis meses de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios o administrativos idóneos para hacer cesar el acto
- desde la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo
- esta ‘última decisión judicial o administrativa’
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR