SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2020-S3

Fecha: 05-Ago-2020

II.2

II.2     Mediante Resolución 476/2019 de 1 de diciembre, Héctor Quilla Vargas, Juez de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz
-hoy accionado-, dispuso a favor del imputado medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en: la detención domiciliaria en un inmueble que debía ser acreditado por el prenombrado; arraigo; comparecer periódicamente ante el Ministerio Público; la obligación de acudir ante el llamado del Fiscal de Materia así como de la autoridad judicial; y la presentación de un garante solvente; determinando además “Una vez cumplida con el arraigo, el garante solvente y la verificación de domicilio, líbrese el mandamiento de detención domiciliaria, para tal efecto se concede el plazo de 3 días calendario con la advertencia que de no cumplir se puede aplicar otras medidas más gravosas” (sic); disposición que conforme lo previsto por el art. 251 del CPP, fue apelada de manera oral por el procesado. Consta memorial de 3 del citado mes y año; mediante el cual, dicha apelación fue retirada por el prenombrado, desistimiento que fue aceptado por la autoridad judicial accionada, por decreto de 4 igual mes y año (fs. 9 a 10; y, 11 y vta.).