SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2020-S1

Fecha: 28-Ago-2020

II.9.

II.9.    Del informe efectuado por la parte demandada, tanto escrito como en audiencia de la acción tutelar, se tiene que: 1) “…la Resolución a la cual hace referencia la accionante fue notificada mediante edicto el 1 de agosto de 2014, en el medio de prensa la gaceta jurídica”(sic [fs.65]); 2) “…la notificación oficial de la RA- SS 824/2014 de 13 de mayo antedicha, fue el 1 de agosto de 2014, conforme dispone el inc. b) del art. 70 del DS 29215”; y, 3) “…si como alega, de manera confusa en la acción, desconoce sobre la RA-SS 824/2014, la misma fue debidamente notificada mediante edicto, y publicado en la gaceta jurídica el día viernes 1 de agosto de 2014, que de manera específica y textual señala que se está notificando a los interesados de determinados predios con la resolución administrativa que ahora están afectando…” (sic).