SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2020-S2

Fecha: 03-Sep-2020

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogado, ratificó los argumentos contenidos en la demanda tutelar; añadiendo que el art. 291.II del CNNA indica de manera taxativa que vencidos los plazos establecidos en los apartados c y d, de referida normativa, el juez deberá aplicar otras medidas; sin embargo, en la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, la autoridad judicial demandada hizo énfasis a que se refieran al informe psicosocial, siendo que en dicha audiencia no estaban enervando riesgos procesales; sino la aplicación de este artículo, sin requerir mayor documentación; por lo que, la autoridad judicial demandada no podía crear un lineamiento jurídico.