SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2020-S2

Fecha: 03-Sep-2020

II.2.

II.2.    Por Nota Dpto. I-Pers. Div. “F” SDJ 429/19 de 24 de mayo de 2019, el Comandante General de la Armada Boliviana dio respuesta al memorial presentado el 22 de abril de igual año, señalando: “Que de conformidad al Informe División ‘B’ Dpto. I-Pers. EMGAB N° 25/19, mediante Resolución del Tribunal de Personal de la FNB N° 043/04 de 25-Nov-04, le fue  concedida LICENCIA MAXIMA de acuerdo a lo previsto en el   Art. 91 de la LOFA. Asimismo, de acuerdo al Informe DSS. N° 039/19 la Licencia Máxima es a solicitud del interesado y no por imposición de la institución, misma que le fue concedida, situación que genera que las AFP’s, califiquen los tramites de Jubilación en el marco de la Ley de Pensiones. Aspectos detallados que imposibilitan viabilizar su solicitud” (sic [fs. 56]).