SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2020-S2

Fecha: 09-Sep-2020

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Ahora bien, el contraste efectuado a las piezas procesales antes enunciadas nos permite establecer que en lo relativo al primer reclamo del accionante inherente a la probabilidad de autoría en la comisión de los delitos que se le endilgan, el Vocal demandado simplemente procedió a efectuar una copia de lo desglosado al respecto por la Jueza de la causa, para afirmar que ese razonamiento guarda absoluta coherencia y logicidad, llegando a idéntica conclusión; sin explicar los motivos que le permitieron arribar a esa decisión; omitiendo brindar una respuesta específica al reclamo del solicitante de tutela en cuanto a la contradicción en la que presuntamente ingresó dicha autoridad al reconocer la situación política por la que atravesaba el país; asimismo, en relación al segundo cuestionamiento, indicó lo que a su entender establecen los verbos rectores del art. 235.1 del CPP, omitiendo desarrollar un análisis que desvirtué o que haga entender al peticionante de tutela, que la autoridad de la causa no fundó su dictamen en meras suposiciones abstractas; lo que sin lugar a dudas recae en la emisión de una resolución carente de fundamentación y motivación.