SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2020-S2

Fecha: 09-Sep-2020

a)

Los accionantes por intermedio de sus abogados ratificaron el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional interpuesta y añadieron que: a) El Auto Supremo 49/2019, contradice los preceptos constitucionales; toda vez que, en lugar de proteger e interpretar la normativa laboral en favor de los trabajadores realizó lo contrario; y, b) Las autoridades judiciales demandadas, no debieron apegarse a un criterio desarrollado por ellos mismos, sino a los razonamientos del Tribunal Constitucional Plurinacional plasmado en las sentencias constitucionales, que tienen carácter vinculante.

No corresponde pronunciarnos sobre: a) El momento en el que hubiera nacido el derecho a solicitar la reliquidación de los beneficios sociales; b) Si los accionantes serían o no los mismos que interpusieron la demanda de reintegro de bono de antigüedad; c) La falta de reclamo de su derecho para interrumpir la prescripción; y, d) La suficiencia o no de las pruebas aportadas al proceso laboral; tomando en cuenta que dichos aspectos si bien son argumentos que sustentaron la decisión asumida en el Auto Supremo cuestionado; sin embargo, no fueron denunciados lesivos de derechos en esta acción tutelar, sino solo el criterio expuesto respecto a la aplicación retroactiva de la imprescriptibilidad de los derechos laborales.