SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2020-s4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2020-s4

Fecha: 02-Sep-2020

I.2.1.

El solicitante de tutela a través de su representante legal, reiteró los argumentos de su memorial de demanda tutelar y en audiencia señaló que: La primera etapa de calificación a decir del art. 14 del DBC, evaluación preliminar, indicaba que concluido el acto de apertura de sesión reservada, la Comisión de Calificación determinará si las propuestas continúan o se descalifican, el mismo documento adhirió el Formulario B1, que es el de presupuestos por ítems y generales de obra, facilitado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el que claramente se señalaba que la columna en la cual se debía especificar la cantidad, son valores que solo puede incluir la entidad convocante; es decir, no puede el proponente modificarlas, en virtud a ello, es que el pliego de especificaciones parte del DBC, requirió tres piezas para el ítem 32; sin embargo, la empresa adjudicada modificó y presentó seis piezas; cuando el ente edil únicamente solicitó el precio de tres piezas.