Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2020-s4
Fecha: 02-Sep-2020
II.1.
II.1. Mediante Resolución RPA-ANPE 626/2019 de 13 de agosto, la Responsable de Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, resolvió aprobar el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación de la Comisión de Calificación designada para el efecto, disponiendo adjudicar el objeto de Contratación de la Construcción Sistema de Microriego Comunidad Kullcu Tambo; a la Empresa Constructora Henry Ordoñez “E.C.H.O.” (fs. 368 a 370).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales que determinaron su posición
- Fragmento 10
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR