Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2020-S4
Fecha: 02-Sep-2020
II.4.
II.4. Dentro de la causa penal antes descrita, consta la publicación de un edicto, en el medio de prensa escrita “Opinión” de Cochabamba de 26 de noviembre de 2019, sobre la base del decreto de 10 de julio del mismo año, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Cochabamba para hacer conocer por ese medio al accionante y a otros la acusación fiscal de 4 de noviembre de 2014, la radicatoria –de la causa–, las acusaciones particulares de ELFEC S.A., Procuraduría General del Estado y ENDE, así como los decretos de 14 de junio y 10 de julio ambos de 2019 (fs. 31).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El cumplimiento de formalidades procesales en las notificaciones, asegura el conocimiento efectivo de las partes de las resoluciones judiciales
- más allá del cumplimiento de esas ritualidades y formalidades legales de las notificaciones tienen el deber de adoptar
- III.3. Análisis del caso concreto
- la publicación de edictos lo antes posible bajo responsabilidad del Ministerio Público y los acusadores particulares
- conceder
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR