Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2020-S2
Fecha: 14-Sep-2020
2° Modular
2° Modular los efectos de la Resolución emitida por la mencionada Sala Constitucional, dejando persistentes los actos administrativos que hubieren sido emitidos como consecuencia de la concesión de la tutela, previsión que se asume tomando en cuenta que, por el transcurso del tiempo la situación jurídica de la impetrante de tutela ya debe encontrarse definida.
- acción de amparo constitucional
- CHIJINI
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa,
- las autoridades judiciales o administrativas
- III.2. Análisis del caso concreto
- debió haber planteado el recurso de revocatoria
- Fragmento 15
- 2° Modular