SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2020-S2

Fecha: 14-Sep-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la lesión de sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; toda vez que, habiendo ingresado a trabajar el 19 de noviembre de 2015, en la parte administrativa del SEDES La Paz y luego el 22 de febrero de 2017, al Centro de Salud Villa Fátima Red 3 - Norte Central, con el cargo de Médico, le agradecieron sus servicios de forma injustificada por Memorándum MR-017/19 de 11 de marzo de 2019; razón por la que, interpuso recurso de revocatoria contra la decisión asumida, que fue resuelto a través de la Resolución Administrativa DIR-SEDES 05/2019 de 26 de marzo, emitida por el Exdirector Técnico de la precitada entidad; por lo que, planteó recurso jerárquico, pero de igual manera fue rechazado mediante Resolución Jerárquica 08/2019 de 3 de junio, dictada por el Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental del citado departamento, sin considerar que la relación laboral tuvo dos momentos, el primero como servidora pública de libre nombramiento hasta el 21 de febrero de 2017, y el segundo con la designación del cargo de médico; limitando sus decisiones con el criterio que al haber sido nombrada sin previa convocatoria, automáticamente tendría la antedicha calidad.