SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 7 de diciembre de 2019, el Fiscal de Materia asignado al caso, informó el inicio de investigaciones contra Mónica del Pilar de la Riva Irahola -ahora accionante- y otro, dirigida ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer de turno de la Capital del departamento de La Paz (fs. 3 y vta.); que mereció el decreto de igual fecha, emitido por Santos Iván Ayala Choque, Juez de Instrucción Penal Segundo de la Zona Sur de la Capital del mismo departamento -hoy accionado- por el que se tuvo presente dicha comunicación y se dispuso que por Secretaría se remita la causa a Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz para su respectivo sorteo y remisión a un juzgado especializado, por ser de trato especial el delito de uso indebido de influencias (fs. 4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 8
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- en el caso concreto no corresponde aplicar la abstracción a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- REVOCAR en parte