SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar, acción de libertad en este caso

La jurisprudencia constitucional de manera reiterada y uniforme sostiene que las acciones tutelares no constituyen la vía idónea a través de las cuales se pretenda corregir o dejar sin efecto supuestas irregularidades procesales que se presenten dentro de otra acción tutelar. Mediante las acciones de defensa contempladas en la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional, trátese de acciones de libertad, amparo constitucional, protección de privacidad, de cumplimiento y popular, no se pueden cuestionar situaciones que se suscitaron dentro de otra acción tutelar. Al respecto, la SC 0045/2011-R de 7 de febrero, estableció que: “Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar, acción de libertad en este caso.