Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0458/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
II.1.
II.1. Cursa acción de libertad interpuesta el 3 de enero de 2020, a las 11:43 horas, por la cual la accionante a través de su representante sin mandato solicitó se conceda la tutela y se ordene a la Vocal y a la Secretaria -ahora accionadas-, remitan los antecedentes de la apelación incidental de medida cautelar de manera inmediata ante el Tribunal de primera instancia (fs. 3 a 8 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1.
- I.1.2.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal,
- ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión
- CONFIRMAR