SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2020-S2

Fecha: 29-Sep-2020

Fragmento 19

Por el cual el Vocal demandado determinó la admisibilidad de la apelación e improcedente las cuestiones expuestas como agravio, en el fondo confirmó el Auto Interlocutorio 239/2019, acorde al siguiente razonamiento: a) Conforme la SCP “185/2019”, es necesario reconducir el Auto Interlocutorio dictado por el Tribunal a quo y que el riesgo procesal inserto en el art. 234.10 del CPP se traslade al art. 235.2 del Código Adjetivo Penal, existiendo únicamente el peligro efectivo para la víctima por su pertenencia a un sector vulnerable y protegido por autoridades administrativas y judiciales; b) El Ministerio Público debe brindar las medidas de protección en favor de la víctima y no a petición del imputado; y, c) En su momento si va a presentarse nuevas cesaciones a la detención preventiva, debe considerarse la condición de la menor de edad.