SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2020-S2

Fecha: 29-Sep-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus elementos de tutela judicial efectiva, fundamentación, motivación, congruencia, valoración razonable de la prueba y presunción de inocencia; así como del principio de legalidad; puesto que, en la causa penal que se le sigue, de forma subjetiva y basándose en suposiciones, la Jueza a quo dispuso su detención preventiva mediante Auto Interlocutorio 70/2019 de 8 de marzo; no obstante, formularse recurso de apelación incidental, los Vocales demandados por Auto de Vista 149/2019 de 4 de abril, sin reparar ni subsanar los actos ilegales contenidos en la Resolución impugnada lo declararon improcedente, manteniendo latentes los riesgos procesales contenidos en los arts. 234.4 y 8; y, 235.1 y 2 del CPP, además de incrementar la concurrencia del art. 234.1 del mismo cuerpo legal referente del trabajo, pese a que la jurisprudencia constitucional estableció que en casos de la aplicación de medidas cautelares a personas de la tercera edad, debe observarse el principio de proporcionalidad, derivando en una decisión al margen del marco de legalidad y constitucionalidad.