Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
por lo que inclusive el recurrido y otras personas han incoado demanda interdicto de retener la posesión-
Por otra parte, la SC 0217/2003 de 24 de febrero, señaló al respecto: “…III.3 En el caso de autos, por una parte, si bien la recurrente ha presentado la escritura pública de transferencia del terreno del que su representado es dueño, existe controversia sobre la posesión del mismo -pues ambas partes aducen haberse encontrado en posesión de ‘Maipaso del Fuerte’ por lo que inclusive el recurrido y otras personas han incoado demanda interdicto de retener la posesión-…” (las negrillas fueron añadidas).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
- por lo que inclusive el recurrido y otras personas han incoado demanda interdicto de retener la posesión-
- III.2. Sobre los derechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- que la propiedad de Yara Steiger Ovando no se encuentra dentro de la solicitud de actualización del plano de propiedad realizada por el accionante
- III.4. Otras consideraciones
- Yara Steiger Ovando
- Jesús
- CONFIRMAR