SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señaló como lesionados sus derechos a la libre locomoción, a la libertad, al debido proceso en su triple dimensión, en sus componentes debida fundamentación y a la defensa, a la tutela judicial eficaz, a la igualdad de oportunidades, a los principios de respeto, protección, cumplimiento, promoción, difusión a los derechos fundamentales, al principio de inocencia y pro homine, citando al efecto los arts. 9.4, 13.1, 14.III, 21.7, 22, 23.I, 108 numerales 1 al 4, 115, 116.I y II, 117.I, 119.I, 180.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 numerales 1 al 3, 8.3, 24 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 5, 8.2, 9.1, 14.2 y 3, 24 y 26 de Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 3, 7, 8, 9, 19, 11.1 y 30 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); I, II y XXVI de la Convención Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 5.1 y 6.3 inc. b) de la “Convención Europea de los Derechos Humanos”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ejemplificando refiere, que la decisión sin motivación se presenta cuando la resolución no da razones que la sustenten; en tanto que la motivación arbitraria es la que sustenta la decisión con fundamentos y consideraciones meramente retóricas o cuando deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; la motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; finalmente, la falta de coherencia del fallo se da, en su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-; en su dimensión externa, implica que la resolución debe guardar correspondencia con lo pedido o impugnado por las partes
- [10]
- [14]
- SIN LUGAR
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)