SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2020-s3

Fecha: 07-Sep-2020

a)

Solicita se le conceda la tutela impetrada y consiguientemente que: a) El Juez accionado elabore el oficio de remisión de la documentación complementaria dirigido a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en cumplimiento del decreto de 3 de enero de 2020, sea en el plazo de veinticuatro horas; y, b) En caso de incumplimiento de la autoridad accionada, se remitan antecedentes al Ministerio Público por vulneración de derechos y garantías de conformidad al art. 110 de la Norma Suprema.

En uso de la dúplica, indicó que: a) Es evidente que las remisiones se hacen mediante oficios; empero, solo en caso de expedientes, en el particular se trata de fotocopias legalizadas, cuyo envío ordenó sea cumplida por los funcionarios; sin embargo no hay un informe, ya que “…como se que fueron a la sala y ellos me negaron dice, como podemos acreditar, no podemos basarnos en base a conjeturas…” (sic) y, b) Recalcó que realiza oficios cuando se trata de traslado de detenido y remisión de expediente en original, lo que no ocurre en el presente.