Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2020-S3
Fecha: 09-Sep-2020
II.1.2.
II.1.2. El entonces Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de Cochabamba, a través del Auto de 5 de septiembre de 2011, dentro del recurso de anulación de Laudo Arbitral interpuesto por la parte impetrante de tutela, contra ENDE, falló declarando improcedente el referido recurso; por consiguiente, mantuvo vigente y subsistente el Laudo Arbitral 001/11 y su Auto de enmienda, complementación y aclaración dictado por el Tribunal Arbitral (fs. 537 a 541).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1.
- III.2.
- concedió en parte
- de 7 de mayo de 2019
- Fragmento 19