SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2020-S3

Fecha: 09-Sep-2020

a)

El accionante a través de su representante sin mandato, en audiencia ratificó in extenso los argumentos de su demanda constitucional y ampliándolos manifestó que: a) De acuerdo con el procedimiento penal, debe comunicarse mediante una citación legal el inicio de la investigación a objeto de que pueda asumir defensa técnica y material; b) En el croquis domiciliario emitido por el Ministerio Público, se señaló la calle Yanacocha “…y entre la calle Potosí” (sic); siendo que se encuentra en la calle Villa Gómez 414, dato corroborado en su cédula de identidad, el testimonio de propiedad y el folio real presentados; además de ser muy conocido en el sector debido a que formó parte de la directiva en la junta vecinal; c) En su contradictorio informe, el investigador asignado al caso, manifestó que solo existían numeraciones de cuatro dígitos, encontrando el número 1165 que correspondía a su hermana, sin tomar en cuenta que al finalizar la calle consta una plaqueta con la numeración “1440” con su nombre; asimismo, señaló que se cumplió con la citación, cuando dicho actuado debe ser personal; y, d) Se hizo el reclamo pertinente a la Juez que ejerce el control jurisdiccional, pero ante la falta de respuesta, por la prontitud y el daño emergente, se interpuso la presente acción de defensa, solicitando el cese de la persecución penal debido a que funcionarios policiales se encuentran “rondando” por su oficina con la intención de aprehenderlo.

En uso de su derecho a la réplica sostuvo que, si bien existen dos direcciones empero no doble representación, aduce que es falso que se revisó el cuaderno de control jurisdiccional, puesto que solo se apersonó su abogado denunciando la vulneración por omisiones en las formalidades de la notificación; además, los antecedentes del cuaderno de investigaciones no fueron puestos en su conocimiento ni de su defensa técnica, sin permitirles el acceso para su revisión.