Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2020-S3
Fecha: 09-Sep-2020
II.2.
II.2. Se tiene citación de 3 de enero de 2020, emitida por Javier Carlos Flores Huanca, Fiscal de Materia -ahora accionado-, ordenando al investigador asignado al caso o cualquier autoridad o funcionario policial citar al hoy impetrante de tutela, para que se presente en dependencias de la Fiscalía Departamental de La Paz, a objeto de que preste su declaración informativa, constando el acta de la diligencia suscrita por Eddy Rojas Alcon, funcionario policial de la FELCC -ahora accionado- refiriendo que procedió con lo dispuesto en presencia de un testigo de actuación, constando la firma y nombre ilegible del mismo (fs. 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- SCP 0003/2020-S3 de 2 de marzo
- III.2. El Juez cautelar y el ejercicio del control jurisdiccional de la investigación dentro de un proceso penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR