SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2020-S4

Fecha: 29-Sep-2020

III.2.   Análisis del caso concreto

Conforme quedó establecido en el apartado II. Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el accionante interpuso con anterioridad a la presente acción de amparo constitucional, otra acción de defensa contra la misma autoridad ahora demandada, con igual pretensión y por los mismos hechos ahora denunciados; así, se tiene el Acta de audiencia de acción de amparo constitucional y consiguiente Resolución 01/2019, por la cual, el Juez Civil y Comercial Segundo de Tupiza del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, resolvió la acción de garantía presentada por Emil Wilson Vargas Terrazas contra Mario Martínez Cazón, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, concediendo la tutela respecto al derecho a la petición, ordenando a la autoridad demandada, que dentro de las 48 horas de su legal notificación con la Resolución, otorgue respuesta a las notas de 22 de abril y 2 de mayo de 2019, presentadas por el accionante a dicha entidad; y, denegando respecto a su solicitud de restitución al cargo de Director de Planificación de dicha entidad municipal, con el argumento de que, una vez respondidas las notas, el accionante tendría la vía correspondiente para hacer valer sus derechos que considera lesionados.

En ese sentido se tiene que, de la revisión del Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal Constitucional Plurinacional, se tiene el expediente 30867-2019-62-AAC, ingresado el 12 de septiembre de 2019, correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesta por el ahora accionante contra la misma autoridad hoy demandada, cuya pretensión, además del derecho a la petición, es la tutela del derecho al trabajo y su consiguiente restitución laboral al cargo de Director de Planificación de dicha entidad municipal, la misma que aún no cuenta con Sentencia.