SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
a)
El accionante en audiencia a través de su abogado ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción libertad, y ampliándolo, manifestó que: a) Tuvo conocimiento extraoficial que en el cuaderno procesal cursa decreto de 13 de diciembre de 2019, donde la Jueza hoy accionada ordenó al REJAP la cancelación de sus antecedentes penales; y, b) Al sobrepasarse los plazos procesales pidió se ordene a la Jueza ahora accionada, o en su caso, al Juez de Ejecución Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, quien retornará de sus vacaciones el 2 de enero de 2020, para que disponga la cancelación de sus antecedentes penales en el REJAP, al cumplirse ocho años desde la condena impuesta contra su persona.
En vía de complementación y enmienda, el accionante solicitó a la Jueza de garantías que: a) Se pronuncie respecto a la dilación existente, ya que el 12 de diciembre de 2019, presentó su solicitud de cancelación de antecedentes penales y al no obtener o conocer respuesta de dicho memorial a los ocho días reiteró esa solicitud; es decir, el 20 del mismo mes y año; sin embargo, desconoce el motivo para el rechazo de la referida petición; y, b) Aclare cuándo se cumplen los ocho años para que pueda solicitar la cancelación de sus antecedentes penales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnarlos supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR