SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2020-S3

Fecha: 28-Sep-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona, por la comisión del delito de robo agravado -siendo lo correcto robo-, solicitó en dos oportunidades a la Jueza de Ejecución Penal Cuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora accionada-, ordene la emisión del oficio para la cancelación de sus antecedentes penales en el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP).

Sin embargo, sorpresivamente el 19 de diciembre de 2019, la mencionada Jueza haciendo entrever que se hubiera providenciado su memorial de 13 del mismo mes y año, ordenó se oficie a la oficina del REJAP para la cancelación de sus antecedentes penales; no obstante estar concluido dicho Oficio, desconoce las razones por las cuales no fue expedido, más aún si el 12 del indicado mes y año, cumplió ocho años de su condena por el referido delito.

Posteriormente, al no tener una respuesta satisfactoria sobre la emisión de ese Oficio por parte de la Jueza ahora accionada, presentó otro memorial el 20 de diciembre de 2019 -con cargo de recepción en el Juzgado de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz de 23 del señalado mes y año-, solicitando la entrega de la mencionada orden judicial para tramitar la cancelación de sus antecedentes penales en el REJAP, con el fin de salir libre de un nuevo proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona por la presunta comisión del delito de robo agravado por el cual se encuentra detenido desde el 2018, al no poder desvirtuar el peligro de fuga establecido en el art. “234.8” del Código de Procedimiento Penal (CPP).