Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
II.1.
II.1. Cursa memorial presentado el 9 de septiembre de 2019 por Robin Herrera Durán -hoy accionante-, mediante el cual solicitó al Juez de Ejecución Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz ordene mediante oficio al REJAP, la cancelación de sus antecedentes penales, al haber cumplido el 20 de agosto del referido año su sentencia condenatoria en el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la comisión del delito de robo (fs. 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnarlos supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR