SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2020-S3

Fecha: 28-Sep-2020

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Graciela Balcázar Rojas y Mady Leny Moza Vargas, en audiencia a través de su abogado manifestaron que, la acción tutelar interpuesta aparenta ser una solicitud de reivindicación de derecho como si fuese la jurisdicción constitucional quien tuviera que darle el derecho de propiedad al impetrante de tutela, en ese sentido, se ratifican y adhieren en su integridad al informe de los Vocales accionados y por otro lado, se verifica el incumplimiento al principio de subsidiaridad; toda vez que, el proceso sumario de acuerdo al art. 373 del CPC cuando se torna contencioso debe ordinarizarse para poder someterse y sujetarse a prueba, hecho que tampoco efectuó el peticionante de tutela.