Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2020-s3
Fecha: 28-Sep-2020
II.1.
II.1. Cursa nota manuscrita de 14 de noviembre de 2019, con cargo de recepción de igual fecha, dirigida a Betty Gladys Valdéz Chipana, Directora del Centro de Orientación Femenina de Obrajes del departamento de La Paz -ahora coaccionada-, mediante el cual, Deisy Maguy Licona Díaz -hoy accionante-, puso a conocimiento de esa autoridad que, estando con beneficio de venta de comida, sufría discriminación por la proveedora que intencionalmente no le traía sus pedidos, y ante su reclamo, la misma le indicó que tenía conocimiento que su persona la estaba haciendo reemplazar por otra proveedora, lo que no era evidente, por lo que solicitó se aclare ese aspecto (fs. 9 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad
- CONFIRMAR