Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2021-S3
Fecha: 29-Mar-2021
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 29 de mayo de 2019, según consta en el acta cursante de fs. 49 a 55, se entiende con la presencia del impetrante de tutela, los Jueces Walter Juan Fernández Cuentas, Javier Pablo Mamani Zárate -hoy accionados-, los representantes legales de la UMSA -según Testimonio 139/2019- y de la AETN conforme el Testimonio 466/2019, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos
- esta acción se activa cuando no existen otros medios o vías idóneas para otorgar la tutela solicitada. Este recurso es una acción de naturaleza subsidiaria
- cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos
- existen
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR