SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2021-S3
Fecha: 29-Mar-2021
II.2.
II.2. Se tiene fotocopias legalizadas del Acta de apertura del Libro de Convocatorias de la gestión 2019, del Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de La Paz, donde en foja 7, se evidencia el rol de convocatorias de 12 y 16 de abril del referido año, correspondiendo de forma alterna como primera al Juez Santos Chui Torrez, para conocer el proceso seguido por el Ministerio Público contra Carmen Rosa Almendras por el delito de hurto; luego al Juez Gonzalo Enrique Montaño Durán para sustanciar la causa penal seguida por el Ministerio Público contra el hoy accionante por el delito de uso instrumento falsificado, con fecha de audiencia fijada para el 25 de abril de 2019, correspondiendo la tercera convocatoria al Juez Santos Chui Torrez dentro del caso signado como NUREJ 201330205 (fs. 31 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos
- esta acción se activa cuando no existen otros medios o vías idóneas para otorgar la tutela solicitada. Este recurso es una acción de naturaleza subsidiaria
- cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos
- existen
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR