Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2021-RCA
Fecha: 21-Ene-2021
i)
i) Por Instructivo TDJ 28/2020 de 13 de junio, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvió: “I. REANUDACION DE ACTIVIDADES LABORALES La jornada laboral de 6 horas de lunes a viernes ya establecida, se cumplirá en horario continuo de 08:00 a 14:00 horas desde el día lunes 15 de junio de 2020, en capital y provincias del Departamento de Tarija” (sic [las negrillas son nuestras]); y,
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
- la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo hasta el 30 de abril del citado
- Circular 05/2020 de 26 de marzo
- se debe analizar de manera particular que
- i)
- ii)
- dos (2) meses y veintitrés (23) días
- II.4. Análisis del caso concreto
- dos
- por dos meses y veintitrés días
- por meses
- 2° Exhortar