SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021-S3

Fecha: 20-Ene-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso iniciado contra su persona por el presunto delito de robo, se encuentra detenido preventivamente a raíz de la decisión asumida por el “Juez cautelar de Sacaba”; por lo que, en procura de que el Tribunal de alzada corrija los errores del Juez inferior, interpuso recurso de apelación incidental que fue resuelto el 27 de agosto de 2019; sin embargo, pese a los argumentos, elementos de convicción y jurisprudencia adjuntados que debieron ser valorados, los Vocales de las Salas Penales Tercera y Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -hoy accionados- no modificaron dicha medida, negándole su libertad; omisión de valoración bajo la sana crítica que se refleja en la imposición de la detención preventiva por un supuesto delito -no consentido- de bagatela, de robo de un par de retrovisores, que fueron entregados a su propietario y denunciante, y pese a la prohibición de imponérsele “sanción” al haberse acreditado la inasistencia del representante del Ministerio Público cuando prestó su declaración informativa, conforme prevé el art. 100 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Por otra parte, el supra aludido Tribunal de apelación obvió los principios de favorabilidad, razonabilidad y presunción de inocencia; toda vez que, en la audiencia de aplicación de medidas cautelares se refirió que no tenía domicilio debido a las contradicciones que se presentaron, pero lo más relevante es que en alzada se señala que tiene actividad delictiva reiterada y anterior, ello debido a una denuncia que fue rechazada, misma que no se enmarca dentro de lo establecido por la norma y la jurisprudencia, como es tener una sentencia condenatoria ejecutoriada por un delito doloso.