Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2021
Fecha: 05-Ene-2021
IMPROCEDENTE
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.13 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar IMPROCEDENTE el recurso directo de nulidad planteado por Roger Antonio Almazán Farfán, Gerente General y Representante Legal de la Empresa Tarijeña del Gas (EMTAGAS) contra Gary Andrés Medrano Villamor, Director Ejecutivo a.i. de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Instruir a EMTGAS entregar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB
- a)
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Admisión y citación
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1. Marco normativo y naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- El recurso directo de nulidad es una acción de orden constitucional sobre los actos o resoluciones de las personas o autoridades que ejercen jurisdicción o competencia que emana de la Constitución Política del Estado y las leyes
- es un mecanismo reparador de los actos emanados sin jurisdicción ni competencia
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- el recurso directo de nulidad procede en tres situaciones específicas, a saber: 1) Contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen; 2) Contra actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la ley; y, 3) Contra las resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida en sus funciones o hubiere cesado
- Fragmento 17
- EMTGAS
- IMPROCEDENTE