AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2021-CA

Fecha: 04-Feb-2021

II.3.  Análisis del caso concreto

En el presente caso se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 222 de la LRE, en la frase: “…En ningún caso la recusación podrá recaer sobre más de la mitad de los Vocales de un Tribunal, en cuyo caso la recusación será rechazada…” (sic); y, 17 inc. b) del Reglamento Disciplinario para Vocales Electorales, aprobado mediante Resolución TSE-RSP 0105/2013 de 30 de abril; por ser presuntamente contrarios a los arts. 115.I y 120.I de la CPE; 8.1 de la CADH; y, 14 del PIDCP.