AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2021-CA
Fecha: 04-Feb-2021
Tribunal Supremo Electoral en función de Tribunal Disciplinario
En consulta la Resolución Jurisdiccional TSE-RSP-JUR 003/2021 de 19 de enero, cursante de fs. 29 a 37, pronunciada por el Tribunal Supremo Electoral en función de Tribunal Disciplinario, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Félix Mamani Arista, Rubén Mauricio Mamani Salinas y Jhamin Alejandra Centellas, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 222 de la Ley del Régimen Electoral (LRE) -Ley 026 de 30 de julio de 2010- en la frase: “…En ningún caso la recusación podrá recaer sobre más de la mitad de los Vocales de un Tribunal, en cuyo caso la recusación será rechazada…” (sic); y, 17 inc. b) del Reglamento Disciplinario para Vocales Electorales aprobado mediante Resolución TSE-RSP 0105/2013 de 30 de abril; por ser presuntamente contrarios a los arts. 115.I y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Tribunal Supremo Electoral en función de Tribunal Disciplinario
- En ningún caso la recusación podrá recaer sobre más de la mitad de los miembros del Tribunal Disciplinario. Esta recusación será rechazada in limine y sin recurso ulterior por el propio Tribunal
- a)
- rechazó
- i)
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- a instancia de una de las partes
- surge como una cuestión incidental previa a la aplicación de la norma impugnada en la resolución de un proceso concreto, siendo concreta ya que la aparente incompatibilidad de la disposición legal con la Norma Fundamental surge en la aplicación de la disposición legal a un caso concreto a momento de resolver un proceso judicial o administrativa
- II.3. Análisis del caso concreto
- Félix Mamani Arista
- Fragmento 12
- rechazado
- 1º
- 2º