SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2021-S3

Fecha: 26-Feb-2021

reconducido

Por lo expuesto, el texto constitucional citado en la SCP 0617/2016-S2, es reconducido, al entendimiento de la SCP 0210/2013 que determinó lo siguiente: “Conforme a los antecedentes jurisprudenciales (…) la reconducción de acciones es posible en sede constitucional cuando los jueces y tribunales de garantías, así como el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, adviertan que es imprescindible otorgar una tutela inmediata a los derechos y garantías invocados, ya sea porque, de postergarse la tutela, ésta sería tardía, tornándose en irreparable la lesión a los derechos o garantías de la o el accionante, o porque se trata de personas o grupos en condiciones de vulnerabilidad, que merecen una atención prioritaria por parte del Estado y de la justicia constitucional, la cual no puede subordinarse a aspectos formales que demoren la tutela de sus derechos”.