Declaración Constitucional Plurinacional 0014/2021
Fecha: 17-Mar-2021
III.2.
III.2. Respecto del análisis del art. 2 del Proyecto de Ley, en concordancia con el punto anterior, si bien la precitada norma propuesta se refiere a un “desastre natural que afectare la salud pública y sus efectos sobrepasaren la capacidad de respuesta de cualquier entidad territorial autónoma” , esta conceptualización carece de un Fundamento Jurídico específico que la sustente, porque no se desarrolla el marco normativo ni conceptual del aludido “desastre natural” o las situaciones excepcionales o requisitos necesarios para considerar que una ETA no tiene la capacidad suficiente para afrontar una crisis sanitaria y de esta manera permitirse que sus competencias en materia de salud sean avocadas por el nivel central de gobierno.
- Voto Aclaratorio
- II. FUNDAMENTOS DE LA DCP 0014/2021 de 17 de marzo
- II.1 Respecto del control de constitucionalidad del art. 2 del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 031 de 19 de julio de 2010 ‒Ley Marco de Autonomías y Descentralización
- tienen la obligación de auxiliar y sustituir temporalmente a aquellos que se encuentren en caso de necesidad
- excepcional e imprevista
- provisional y excepcional
- puesto que si bien dicha Disposición no aclara la temporalidad de la medida asumida, de acuerdo a la exposición de motivos del indicado Proyecto de Ley (Conclusión II.2), debe entenderse que
- III. FUNDAMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- inconstitucionalidad
- MAGISTRADO