Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2021-S2
Fecha: 08-Abr-2021
II.2.
II.2. En audiencia de consideración de medidas cautelares realizada el 18 de febrero de 2020, la Jueza de la causa, a solicitud del Ministerio Público dispuso la detención preventiva del imputado por el espacio de tres meses a través del Auto Interlocutorio 72/2020 de igual data. Asimismo, para la consideración de la cesación de la medida adoptada, fijó dicho actuado procesal para el 18 de mayo de ese año, a horas 10:30 (fs. 10 vta. a 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La tutela al debido proceso y su activación a través de la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 16
- Fragmento 17