SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S3

Fecha: 20-Abr-2021

del fallo de segunda instancia de fs. 1254 a 1258

En el Auto de Vista 200/19, no se dio estricto cumplimiento -a los argumentos de la- reconvención, realizándose una incorrecta interpretación del art. 1455 del CC, lo que determina la vulneración de sus derechos y garantías. La indebida aplicación de esa norma por los ex Vocales ahora accionados, consiste en otorgar la restitución del bien inmueble, -siendo- que en la parte resolutiva “…del fallo de segunda instancia de fs. 1254 a 1258…” (sic) solamente se declaró probada la acción negatoria, sin disponer ninguna otra medida o determinación, sea de entrega o  desocupación del bien inmueble que perteneciera a la hoy tercera interesada. En ese sentido, lo dispuesto en el Auto de Vista 200/19 vulnera lo establecido por los arts. 397.I y 399.I del Código Procesal Civil (CPC), ya que modificó y alteró el contenido del fallo de segunda instancia que se encuentra ejecutoriado.