SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S3

Fecha: 20-Abr-2021

II.5.

II.5.  Mediante Auto de Vista 200/19 de 20 de septiembre de 2019, los ex Vocales hoy accionados, revocaron en parte la providencia de 28 de marzo de 2019 y el Auto de 27 de mayo del mismo año, dando lugar a lo solicitado por la ahora tercera interesada, disponiendo: a) No ha lugar a la solicitud de pago de daños y perjuicios; b) Se ordena que el accionante, en el término de diez días a partir de su notificación proceda a realizar la desocupación y entrega de la propiedad del bien inmueble ubicado en la provincia Andrés Ibáñez, cantón La Enconada, kilómetro 8, carretera al Norte, con una superficie de 4.5328,06 ha, registrado en la Oficina de DD.RR. bajo la matrícula computarizada 7.01.1.06.0044042, entrega que debe realizarse a la ahora tercera interesada o a su representante legal acreditado, bajo prevenciones de disponerse el desapoderamiento en caso de incumplimiento con el uso de la fuerza pública; y, c) No ha lugar a la solicitud de cancelación de gravamen (fs. 92 a 96).