SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S3

Fecha: 20-Abr-2021

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 19 de 29 de enero de 2020, cursante de fs. 146 vta. a 151 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) El accionante refiere que el Auto de Vista 200/19 hoy cuestionado, vulneró sus derechos, argumentando que los ex Vocales ahora accionados realizaron una incorrecta interpretación o valoración del art. 1455 del CC, y que esa interpretación vulneró lo previsto por los arts. 397.I y 399.I del CPC; y, ii) El accionante no cumplió con los presupuestos establecidos en la SCP 0029/2019-S4 de 1 de abril, para que se efectúe la revisión de la interpretación -de la legalidad- ordinaria, respecto al primer presupuesto, relacionado a explicar por qué la labor interpretativa resulta insuficientemente motivada, arbitraria e incongruente, absurda, ilógica o con error evidente, identificando las reglas de interpretación que fueron omitidas por el Órgano Judicial o administrativo, se tiene que en la presente acción tutelar, el accionante señaló que existe una errónea valoración del art. 1455 del CC, sin identificar la reglas de interpretación que fueron omitidas -por los ex Vocales hoy accionados-. En cuanto al segundo presupuesto, relativo a la precisión de los derechos y garantías vulnerados con aquella interpretación, se advierte que sí fueron precisados de manera correcta los derechos vulnerados, e inclusive señaló los principios y garantías también conculcados. Respecto a establecer el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación y los derechos que fueron vulnerados con la interpretación, no se evidencia su cumplimiento en la presentación formal ni en audiencia. El accionante no esgrimió el nexo de causalidad entre la errónea interpretación, el derecho invocado y cual la correcta interpretación.