Sentencia Constitucional Plurinacional 0030/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0030/2021

Fecha: 07-May-2021

invocada como insuficiente o de necesaria regulación normativa

Bajo la identificación descrita, el fallo constitucional desarrolla la jurisprudencia emitida acerca de la inconstitucionalidad por omisión, con base en la cual, en el Juicio de Constitucionalidad determina que la garantía del juez natural (art. 120.I de la Constitución Política del Estado [CPE]), es una norma auto aplicativa, al ser un derecho de aplicación directa conforme la previsión del art. 109.I de la Norma Suprema; por lo que no sería susceptible de ser: “invocada como insuficiente o de necesaria regulación normativa para tener eficacia, pues por su rango constitucional, es de aplicación directa…” (énfasis añadido); y adicionalmente, “…que de su texto, no se advierte mandato alguno al Órgano Legislativo, que ordene la regulación en ley expresa sobre los institutos de la excusa y recusación en los procesos ordinarios, en cuyas causales indefectiblemente deba considerarse la situación de los abogados patrocinantes de las partes, como garantía de imparcialidad judicial; pues no todas las circunstancias que afecten dicha garantía pueden ser predecibles ni legislables por el Órgano competente (las negrillas son nuestras).