SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2021-S2
Fecha: 04-May-2021
a)
Solicitó se conceda la tutela, disponiéndose: a) La apertura inmediata de la puerta de acceso y poner fin a todo bloqueo, obstrucción, toma física o medida de hecho al interior de la sucursal de la empresa Chicken’s Kingdom S.R.L., ubicado en la planta baja del bien inmueble situado en la av. América 1592 esquina av. Beijing, por parte de Carlos Víctor Ochoa Miranda y cualquier otra persona que se encuentre al interior de dicho predio; sea con la colaboración de la fuerza pública en caso de resistencia; b) Se permita el ingreso, salida, circulación y permanencia a la indicada empresa y de sus trabajadores; así como a las movilidades y personal autorizado a fin de dar continuidad a la actividad productiva de la misma; con el apoyo de la Policía Boliviana en caso de necesidad; c) El cese inmediato de amenazas, perturbación, amedrentamiento, violencia o cualquier vía de hecho; también el corte de energía eléctrica, por parte del demandado; ya sea de manera directa o por interpósitas personas, bajo conminatoria de ley; d) La determinación de responsabilidad civil y la calificación de daños y, perjuicios morales y materiales en ejecución de sentencia; e) La remisión de antecedentes al Ministerio Público, para iniciar proceso contra el prenombrado por la probable comisión de los delitos contra la propiedad privada, la industria y comercio, allanamiento de sus dependencias, daño simple y otros; y, f) El pago de costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- determina inobjetablemente que una persona aún a efectos de hacer valer su derecho a la propiedad, no tiene potestad alguna para recuperar por mano propia y mediante actos de hecho su bien
- tutela se hace viable como protección inmediata no obstante la existencia de medios legales al alcance
- medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares, entendidas éstas como los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda
- Fragmento 16
- al ser las vías de hecho actos ilegales graves que necesitan una tutela pronta y oportuna
- pudiendo extenderse a cualquier otra medida de hecho que restrinja, suprima o amenace restringir o suprimir los derechos y garantías fundamentales del arrendatario y sus dependientes para el caso de actividades laborales relacionadas al comercio y la industria
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- CONFIRMAR